En Chile la Ley del Consumidor sanciona esta práctica comercial pues considera que vulnera el derecho a la libre elección del consumidor, en especial, su derecho a la privacidad. Por lo tanto, los usuarios tienen derecho a exigir que se les remueva de las listas de destinatarios.
¿Cómo la ley sanciona al spam?
La ley obliga a quien envíe una comunicación promocional o publicitaria por correo electrónico, a indicar:
(1) la materia de que se trata en el encabezado (asunto o subject).
(2) identificar quién envía el correo (remitente)
(3) indicar una dirección válida a la que se pueda solicitar la suspensión de los envíos.
La individualización de quién envía el correo debe permitir saber qué proveedor está detrás, su nombre, domicilio, actividad, representantes, teléfonos y todo otro dato relevante. Los correos anónimos o con información incompleta infringen la Ley.
Si una vez solicitada la suspensión de los mensajes, el envío persiste, el remitente podrá ser castigado con una multa de hasta 50 UTM.
(1) la materia de que se trata en el encabezado (asunto o subject).
(2) identificar quién envía el correo (remitente)
(3) indicar una dirección válida a la que se pueda solicitar la suspensión de los envíos.
La individualización de quién envía el correo debe permitir saber qué proveedor está detrás, su nombre, domicilio, actividad, representantes, teléfonos y todo otro dato relevante. Los correos anónimos o con información incompleta infringen la Ley.
Si una vez solicitada la suspensión de los mensajes, el envío persiste, el remitente podrá ser castigado con una multa de hasta 50 UTM.