• Lunedì, Agosto 19, 2013

En el marco de las exigencias impulsadas por el servicio nacional de consumidor, SERNAC el año 2012 las empresas de telecomunicaciones están obligadas a ajustar sus contratos, eliminando cláusulas que impliman desequilibrios entre la empresa y el cliente o podrían ser contrarias a la ley del consumidor.

En base a este mandato Servicios informáticos , con la asesoría del estudio de abogados Schilling y asociados, han trabajado en ajustar al 100% las cláusulas a la normativa, las que se ponen a disposición de cada uno de ustedes.

Las cláusulas

Entre las cláusulas que toda empresa de telecomunicaciones ajustar o eliminar de los contratos son las siguientes:

  • Barreras de salida: Se eliminan las cláusulas que establecen barreras de salida para los términos de contrato, esto significa que los clientes pueden poner término a los servicios en cualquier momento y sin expresión de causa
  • Multas:Se eliminan las cláusulas que cobran al consumidor por ponerle término anticipado al contrato.
  • Combios unilaterales: Se eliminan las cláusulas unilaterales de las condiciones del contrato.
  • Cobros: Cláusulas que establecen o imponen un cobro al consumidor por el despacho o envío de cuentas.
  • Mandatos: Se eliminaron los mandatos amplios e irrevocables, donde la empresa no tenía obligación de rendir cuenta al consumidor.
  • Modificación de precios: Se ajustan aquellas cláusulas que permitían a las empresas aumentar los valores de los servicios unilateralmente. Ahora, cualquier modificación deberá ser informada al consumidor con la debida anticipación para que éste pueda decidir si lo acepta o rechaza.
  • Indemnizaciones:Se eliminan aquellas cláusulas que establecen la renuncia del consumidor a su derecho de ser indemnizado, limitaban el monto u obligaban a renunciar al derecho a reclamar.
  • Datos personales: Se ajustaron aquellas cláusulas que facultaban a las empresas para disponer de los datos personales de los consumidores o las autorizaban a pedirlos a otras instituciones. Desde ahora deberán ajustarse a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales. Por ejemplo, siempre deberán informar para qué se utilizan.

Estas modificaciones dan respuesta a la Ley de Protección del Consumidor es la 19.496. , la Ley de Protección de la Vida Privada N° 19.628 y la  Ley de Principio de Finalidad en el Tratamiento de Datos N° 20.575.

Hostname Limitada, invita a sus clientes a revisar los nuevos contratos, ajustados a la normativa vigente, resguardando los derechos del consumidor de cada uno de ustedes.

Link de descarga: Contratos de servicios